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Aprueban proyecto que establece la calidad recíproca de carga familiar entre ambos cónyuges, para efectos de las prestaciones de salud

La  Sala del Senado aprobó por 30 votos a favor y 0 en contra, proyecto que establece la calidad recíproca de carga familiar entre ambos cónyuges, para efectos de las prestaciones de salud. Fue despachado al Ejecutivo para su promulgación.

 

El proyecto establece que para los efectos del Régimen Público de Salud y del Sistema Privado de Salud, se entenderá que el matrimonio celebrado en la forma establecida por la ley permitirá a cualquiera de los cónyuges ser carga del otro.

Dentro de las causantes de la asignación familiar, ya no sólo podrá ser carga la cónyuge o el cónyuge en situación de invalidez, sino que podrá ser cualquiera de los dos, independiente de su condición

Además de esta causa, se mantienen: -Los hijos y los adoptados hasta los 18 años, y los mayores de esta edad y hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares

Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos. -La madre viuda. -Los ascendientes mayores de 65 años. -Los niños huérfanos o abandonados.

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