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El Universal Chile

Corte De Antofagasta

Nacional

Corte condena al fisco a pagar indemnización a víctima de apremios ilegítimos

La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $15.000.000 (quince millones de pesos) por concepto de daño moral, al adolescente R.A.S.L., quien resultó lesionado en procedimiento policial, efectuado por funcionarios de Carabineros, en abril de 2014.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Opazo Lagos, Eric Sepúlveda Casanova y la abogada (i) Macarena Silva Boggiano– confirmó  la sentencia dictada por el Primer Juzgado Civil de Antofagasta el 31 de marzo de 2020.

«De lo que no procede más que concluir que el Fisco de Chile debe responder indemnizando a la víctima – R.A.S.L. – el daño moral que le causaron los condenados por el delito consumado de ‘tormentos o apremios ilegítimos, previsto y sancionado en el artículo 150 A del Código Penal’ que lo son Luis Guillermo Agustín Arias Arellano y Julián Aarón Minio Morales quienes, en el ejercicio de sus potestades como Carabineros, detuvieron a la víctima a la que, durante su detención, le causaron las lesiones por las que fueron condenados», sostiene el fallo.

La resolución agrega que: «En efecto, siendo la presunción de responsabilidad atribuida por el Juez a quo al Fisco, como quedó dicho, simplemente legal, esto es, que admite prueba en contrario, se constata que fuera de alegar la imposibilidad de ‘prever’ y, menos, ‘impedir’ el proceder de los Carabineros condenados, este, el Fisco, siendo suya, conforme lo dicho, la carga de la prueba, no rindió ni ha rendido en esta instancia prueba alguna que así lo acredite y así desvirtuar la presunción de su responsabilidad civil extractual a causa de este delito».

«Por estas consideraciones y conforme lo dispuesto por las normas legales citadas y los artículos 186 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA sin costas la sentencia definitiva apelada dictada, el treinta y uno de marzo de dos mil veinte, por el Juez del Primer Juzgado de Letras Civil de Antofagasta en la causa C-2108-2018», concluye.

 

Para La Parte Superior