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Dictan veredicto condenatorio contra carabineros por apremios, lesiones y falsificación de instrumento público

El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Los Ángeles dictó hoy –jueves 30 de septiembre– veredicto condenatorio en contra los funcionarios de Carabineros Christopher David Inoque Angulo, Omer Aaronn Otman Badilla Hermosilla y Jorge Luis Mora Gutiérrez, en calidad de autores de los delitos consumados de apremios ilegítimos y lesiones graves y, en el caso Mora Gutiérrez, además, como autor del delito consumado de falsificación de instrumento público. Ilícitos cometidos en marzo de 2018, en la comuna de Santa Bárbara.

En fallo unánime (causa rol 26-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Anamaría Sauterel Jouannet (presidenta), Cristián Águila Sáez y Christian Osses Baeza (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de Inoque Angulo, Badilla Hermosilla y Mora Gutiérrez en los hechos.

En la causa, el tribunal absolvió al carabinero Mauricio Esteban Hernández Hernández por falta de acreditación, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público de responsabilidad, como autor, en los delitos consumados de apremios ilegítimos y lesiones graves; y de todos los acusados del delito consumado de daños simples.

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 1 de marzo de 2018, la patrulla de Carabineros integrada por los acusados, concurrió hasta el domicilio de la víctima, en respuesta a una denuncia por lesiones formulada por su pareja. “Que, en ese contexto los funcionarios policiales, ingresaron al domicilio sin autorización judicial previa, sin dar aviso a un fiscal del Ministerio Público y sin obtener, tampoco, una autorización voluntaria de ingreso a la casa habitación, y comenzaron a golpear reiteradamente la puerta de acceso hasta que la víctima les abrió”, consigna el acta de deliberación.

El dictamen agrega: “Que, en ese momento los tres funcionarios policiales hicieron ingreso de inmediato a la vivienda, los que, luego de esposar a la víctima, comenzaron a golpearla en reiteradas oportunidades con golpes de puño, patadas y con sus bastones institucionales, en su cara, tórax anterior y espalda, todo ello en presencia de la denunciante. Que, acto seguido, condujeron a la víctima, semidesnuda hasta el vehículo policial, para ser conducida hasta el hospital local”.

Con relación a las lesiones graves provocadas a la víctima, “(…) la decisión de condena se basó en que se dio por acreditado que a causa de los golpes que los autores le propinaron a la víctima ésta resultó multicontusa y con una fractura de la parrilla costal izquierda, delito que es posible imputar causalmente a todos los participantes de esa golpiza, según las normas de la coautoría, ya que todos actuaron sobre la víctima con dolo directo de lesionar”, detalla el fallo.

Finalmente, sobre el delito de falsificación de instrumento público, el tribunal consideró para tenerlo por acreditado que: “(…) el sargento Mora, funcionario a cargo de la patrulla policial, consignó en el libro de patrullaje –que sirvió de base para la confección final del parte policial Nº126– una información falsa consistente en atribuir la causa de las lesiones de la víctima a un accidente con un portón o reja de su domicilio, según lo que, supuestamente, le había dicho la denunciante, cosa que ésta negó en el juicio oral. Así las cosas, se hizo evidente que esa constancia solo tenía por objeto encubrir las verdaderas razones por las cuales la víctima había resultado lesionada de esa manera”.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el magistrado Osses Baeza– quedó programada para las 15 horas del jueves 7 de octubre próximo.

Toda  esta información pertenece al poder judicial.

Para La Parte Superior