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Proyecto que prohíbe usar propaganda electoral de material plástico fue aprobado en general

La Comisión de Medio Ambiente abordó, además, el tema de los retrasos que se están produciendo en los procedimientos para el reconocimiento de humedales urbanos conforme a lo establecido en la Ley 21.202 y su reglamento, en la Región de la Araucanía.

“En Chile, se consume aproximadamente un millón de toneladas de plástico al año, de las cuales solo un 8,5% se recicla. De este porcentaje, apenas un 1,4% corresponde a plásticos domiciliarios”, alerta en sus fundamentos un proyecto aprobado hoy en general por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión de Medio Ambiente.

La propuesta (boletín 14024), originada en una moción, modifica la Ley 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para prohibir la utilización de elementos de propaganda electoral fabricados, parcial o totalmente, con material plástico no compostable.

El presidente de la instancia legislativa, Ricardo Celis (PPD), informó que, hasta este jueves, se podrán presentar las indicaciones al texto legislativo y que el próximo lunes se votará en particular.

En la moción, ingresada a trámite por el diputado Félix González (PEV), junto a las diputadas Cristina Girardi (PPD) y Pamela Jiles (PH), se recuerda que nuestro país ha avanzado en materia de regulación de propaganda electoral, pero se resalta que resta definir una regulación sobre el tipo de material que podrá ser usado, prohibiendo contaminantes como el plástico.

Entre sus variados fundamentos, se remarca que el plástico más común en las telas de las pancartas de campaña política son las de PVC, el cual es de difícil reciclaje y de alta contaminación, tal como también señala la ONG Océana: “El PVC (Poli vinil cloruro), al ser a base de cloro, al momento de ser reciclado en forma mecánica o al ser incinerado para producir energía, produce gases que oxidan maquinaria e instalaciones de una manera muy agresiva”.

Asimismo, acota que su procesamiento requiere de un alto costo, por lo cual no es comercial reciclar este material. A esto, hay que agregar que es altamente contaminante al ser mezclado con otros polímeros. Por ejemplo, si un lote de PET es contaminado con un 1% de PVC, todo el lote es contaminado y debe ser desechado.

Audiencia

Durante la misma sesión, la instancia escuchó la exposición de Mónica Arnouil, docente de la Escuela de Derecho y Ciencias Forestales de la Universidad Católica de Temuco, quien informó sobre el retraso en la aplicación de la Ley 21.202, respecto del reconocimiento de humedales urbanos en la región de La Araucanía.

“Dada la importancia ecosistémica de los humedales urbanos y el estado actual en que se encuentra el proceso de declaración en la región de La Araucanía, conforme a un seguimiento que hemos realizado en las plataformas institucionales del Ministerio de Medio Ambiente, hemos observado con preocupación que las solicitudes realizadas sostienen un retardo en los plazos reglamentarios legales para concluir su declaración”, afirmó la abogada.

Ante ello, explicó que, desde la mirada ciudadana, esta situación genera incertidumbre y potencia un sentimiento de desprotección para nuestra biodiversidad. “Desde un total de 65 humedales que están ubicados en La Araucanía solo 10 han estado vinculados al proceso de la Ley 21.202, ya sea por vía municipal o de oficio, y dos han cerrado su proceso. Por lo que existe un total de 67 humedales que están vinculados al límite urbano en nuestra región y que no han sido considerados en este trámite”, señaló Arnouil.

Finalmente, indicó que la ley requiere de una participación ambiental ciudadana regulada, que esté absolutamente clara, que las personas sepan cuándo, cómo y dónde participar con sus opiniones, sobre todo a aquellos que viven cerca o cohabitan en límites urbanos cerca de humedales.

 

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