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Corte de Arica rechaza recurso de amparo de ciudadano venezolano expulsado del país

La Corte de Apelaciones de Arica rechazó hoy –miércoles 3 de febrero– el recurso de amparo presentado en contra de la Intendencia de Arica y Parinacota, que decretó la expulsión del país del amparado, de nacionalidad venezolana, quien habría ingresado clandestinamente al territorio nacional.

En fallo dividido (causa rol 32-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrado por los ministros Mauricio Silva Pizarro, Marcelo Urzúa Pacheco y José Delgado Ahumada–rechazó la acción constitucional que buscaba dejar sin efecto el decreto de expulsión.
«(…) el artículo 17 del Decreto Ley N° 1.094, así como la letra g) del artículo 2 de la Ley N° 19.175, establecen la procedencia de la expulsión en los casos de ingreso clandestino, y que dicha atribución es ejercida, como lo señalan los mencionados cuerpos legales, por el Intendente Regional, por lo que la resolución atacada en esta sede ha sido dictada por autoridad competente, en uso de sus facultades legales y debidamente fundamentada, razón por la que no existe la vulneración de derechos denunciada», sostiene el fallo.
La resolución agrega: «Que, con el mérito de los antecedentes que sirven de sustento al informe de la recurrida, se advierte que el amparado ingresó de manera clandestina a Chile; en consecuencia, la resolución recurrida se ajusta a derecho, sin que la circunstancia de haberse desistido la Intendencia de la acción penal le impida ejercer las facultades que emanan del Derecho Administrativo sancionador».
Por tanto, se resuelve que: «SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por Marlys Castillo Triviños, en representación de Maikel Antonio Maldonado Castro, en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota».
Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Delgado Ahumada.

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