Conecte con nosotros

El Universal Chile

Justicia

Nacional

Poder Judicial informa cifras de personas en prisión preventiva por estallido social

La ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich dio a conocer esta mañana – 5 de enero- cifras de personas en prisión preventiva por presuntos delitos asociados al estallido social entre octubre de 2019 y marzo de 2020. Los datos corresponden a un análisis  realizado por el Poder Judicial sobre la base de un conjunto escogido de delitos asociados  a la crisis social y que aumentaron sustantivamente durante el periodo analizado y respecto de lo cual ya se había entregado un primer análisis en febrero del año pasado.

Bajo ese mismo marco,  el Poder Judicial -a través del área de estadísticas del  Departamento de Desarrollo Institucional y de la Dirección de Estudios- analizó, esta vez, la situación de las personas  que permanecían en prisión preventiva hasta el 11 de diciembre de 2020.

«Esta actividad está destinada a mostrar las gestiones desarrolladas en los juzgados de garantía respecto de las prisiones preventivas decretadas tras las manifestaciones sociales acontecidas en el país a partir de octubre de 2019, dando cuenta de las cifras que tiene el Poder Judicial respecto de casos que podrían identificarse como asociados a ellas» dijo la ministra.

La definición del período de análisis consideró la denominación pública contingencia social, «que, para estos efectos, se extiende  entre el 16 de octubre de 2019 y el 16 de marzo de 2020, fecha, esta última, en que aún existía un estado de agitación social más activo y que coincide con el comienzo del periodo en que se decretaron una serie de medidas sanitarias para hacer frente a la curva de contagio de COVID-19, que implicaron, por ejemplo, una restricción absoluta de circular por la vía pública en determinadas ciudades del país, por lo que se excluyó cualquier ingreso de causas posterior a esa fecha» explicó la vocera.

La autoridad determinó   que, entre el 16 de octubre de 2019 y el 16 de marzo de 2020 se ordenaron un total de  2.201 prisiones preventivas  en causas de  delitos que – según la metodología utilizada para este análisis- están asociados al período de agitación social.

De esa cifra, 2.180 fueron civiles, de los cuales, 1.796 presentan condenas anteriores (82,4%). Además, de este universo, 26 se mantenían en prisión preventiva por, al menos, algún delito  relacionado al llamado estallido social al 11 de diciembre de 2020. En promedio, los 26  imputados llevan 318 días en prisión preventiva y se estableció que en todas las causas se realizaron audiencias de revisión de la medida cautelar.

Las infracciones contabilizadas son desórdenes públicos,  interrupción de la libre circulación, lanzamiento de objetos en la vía pública con resultado de muerte o lesiones,  robo en lugar no habitado,  receptación,  incendio c/peligro para las personas, robo en ocasión de calamidad o alteración al orden público,  hurto en ocasión de calamidad o alteración al orden público,  saqueo,  maltrato obra a carabineros y crímenes y simples delitos sobre seguridad interior del Estado.

«La estadística está elaborada con criterios que al Poder Judicial le parecen pertinentes a la situación analizada y que son los mismos que se aplicaron para realizar el primer análisis pos estallido social en febrero del año pasado», explicó la ministra.

Violaciones a los DDHH

Del total de causas del estallido social, el 1% correspondió a delitos imputados por el Ministerio Público a agentes del Estado por violaciones a derechos humanos. De ellos (21 imputados), 11 se mantienen en prisión preventiva (52,4%).

Al ser consultada sobre las diferentes cifras que  entidades públicas han informado, la ministra explicó que pueden ser diferentes metodologías y universo de delitos: «Tampoco puedo descartar nada (…) desconozco qué parámetros, metodología de trabajo recogió la senadora para afirmar aquello. Desconozco qué tipo de delitos consideró, el periodo que analizó», indicó .

Ante una posible connotación política de las causas, la vocera sostuvo que «los tribunales analizan considerando la presentación que hace el Ministerio Público, y también la alegación de la defensoría. Analizando los hechos que se dan a conocer en la audiencia respectiva dispone o no la prisión preventiva según sea pertinente conforme a la regla general que establece el artículo 139 del código procesal penal. No por una visión ideológica de los tribunales».

http://

Para seguir leyendo esta noticia en " El Universal Chile " haz click aquí
También te puede gustar...
Para La Parte Superior